URGENCIAS GINECOLOGÍA

 URGENCIAS GINECOLOGÍA

El Servicio de urgencias es el conjunto de áreas, equipos y personal profesional y técnico del área de la salud, ubicados dentro de un establecimiento público, social o privado, destinados a la atención inmediata de una urgencia médica. 

Urgencia gineco-obstétrica

Complicación médica o quirúrgica que se presenta durante la gestación, parto o el puerperio, que condiciona un riesgo inminente de morbilidad o mortalidad materna y perinatal y que requiere una acción inmediata por parte del personal de salud encargado de su atención.

Unidad de obstetricia o tocología: al conjunto de áreas interrelacionadas, en donde se lleva a cabo la valoración, preparación, vigilancia y atención, tanto de la mujer embarazada, como del recién nacido.

Unidad tocoquirúrgica, al conjunto de áreas y locales en los que se llevan a cabo procedimientos quirúrgicos de tipo obstétrico.

Organización del servicio 

Lo compone un Equipo multidisciplinario de profesionales de la salud capacitados en urgencias obstétricas:

Médico Gineco-obstetra: valoración integral materno - fetal

Licenciada en Enfermería y obstetricia: primer contacto y valoración para el uso del Triage. Objetivo: lograr una intervención rápida, oportuna y eficaz a la paciente que presente una urgencia obstétrica.

Médico Intensivista - internista: valoración neurológica, hemodinámica y metabólica.

Médico Pediatra: conocer las condiciones fetales y preparar reanimación neonatal (en caso de ser necesario).

Médico Anestesiólogo: conocer las condiciones maternas y fetales y adecuar manejo anestésico.

Trabajadora social: vinculación con los familiares de las pacientes y con otros hospitales o servicios (Información sobre estado de salud, consentimiento informado, trámites administrativos, vinculación con centros hospitalarios o servicios).

Laboratorio: realizar exámenes solicitados con carácter de urgencia.

Médico Ultrasonografista: rastreo abdominal y pélvico.



Políticas, normas, guías, programas o recomendaciones

  • NORMA Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, Regulación de los servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica.
  • Ley General de Salud
  • NORMA Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002. Protección ambiental-Salud ambiental- Residuos peligrosos biológicoinfecciosos- Clasificación y especificaciones de manejo

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